post merídiem. Loc. lat. que significa ‘después del mediodía’. Se pospone, normalmente en su forma abreviada p. m., a las referencias horarias posteriores a las doce del mediodía. Solo es pertinente cuando en la indicación de las horas se utilizan los números del 1 al 12 (→ hora2, 2a): «Hasta el sábado 13 de septiembre, a las 5 p. m.» (Tiempo [Col.] 4.9.97). Si en la indicación de las horas se emplean los números del 0 al 23, su uso es innecesario y rechazable:
a las 17 p. m. Se opone a ante merídiem (→ ante merídiem).