De divorcio.
Conjug. c. anunciar.
1. tr. Dicho de un juez competente: Disolver o separar, por sentencia, el matrimonio, con cese efectivo de la convivencia conyugal.
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2. tr. Separar, apartar personas que vivían en estrecha relación, o cosas que estaban o debían estar juntas. U. t. c. prnl.
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3. prnl. Dicho de una persona: Obtener el divorcio legal de su cónyuge.
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