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anata

Del b. lat. annata, y este der. del lat. annus 'año1'.

1. f. Impuesto eclesiástico que consistía en la renta o frutos correspondientes al primer año de posesión de cualquier beneficio o empleo.

media anata

1. f. Derecho pagado al ingreso de cualquier beneficio eclesiástico, pensión o empleo secular, correspondiente a la mitad de lo que produce en un año.

2. f. Cantidad satisfecha por los títulos y por lo honorífico de algunos empleos y otras cosas.

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El Diccionario de la lengua española es la obra lexicográfica de referencia de la Academia.

La vigesimotercera edición, publicada en octubre de 2014 como colofón de las conmemoraciones del tricentenario de la Academia, es fruto de la colaboración de las veintidós corporaciones integradas en la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE).