1. m. Terreno que está debajo de la capa labrantía o laborable o, en general, debajo de una capa de tierra.
2. m. Parte profunda del terreno a la cual no llegan los aprovechamientos superficiales de los predios y en donde las leyes consideran estatuido el dominio público, facultando a la autoridad gubernativa para otorgar concesiones mineras.